La senadora santiagueña, Ana Corradi, durante el debate de comisiones del Senado sobre el proyecto de ley de Identidad de Género. |
La senadora santiagueña, Ana Maria Corradi, invitó a participar del debate a dos integrantes de la Asociación Diversidad Socialista de Santiago del Estero, perteneciente a la Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersex (FALGBTI).
Además estuvieron presentes en la exposición representantes del (INADI), Asociación de Travesti, Transexuales y transgéneros (ATTTA), el Presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), César Cigliutti, el referente de la comunidad trans masculino, Mauro Cabral, el presidente de 100% Diversidad, Martin Canevaro, entre otras agrupaciones.
Algunos de los puntos del presente proyecto de ley es la modificación en el DNI del sexo y el nombre de pila de quien así lo solicite cuyo trámite debe realizarse en el Registro Nacional de las Personas. Se cambia la partida de nacimiento, pero se mantiene el número de DNI.
De esta manera se reconocen los derechos legales de transexuales y se constituye el segundo logro importante de la comunidad de Lesbianas, gays, bisexuales y trans (LGBT) después de la sanción de la ley de Matrimonio Igualitario.
Dentro de los requisitos se debe ser mayor de 18 años y presentar solicitud en el Registro Nacional de las Personas. No se necesita informes médicos, psiquiátricos, ni cirugías. Los menores de 18 podrán solicitarla a través de representante legal en conformidad con el solicitante.
La rectificación de identidad no modifica derechos ni obligaciones jurídicas contraídas por las personas, ni las que provienen de relaciones familiares inmodificables, incluida la adopción.
La iniciativa contempla la confidencialidad: no se dará publicidad al cambio de sexo o nombre de pila salvo autorización del titular.
El derecho al libre desarrollo personal a fin de garantizar su salud integral le permitirá solicitar intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género auto percibida.
Los efectos los sistemas públicos de salud, estatales, privados u obras sociales, deberán GARANTIZAR en forma permanente los derechos que esta ley reconoce. Se incluyen en el Plan Médico Obligatorio (PMO).
Las personas deben recibir un trato digno: se debe respetar la identidad de género que adopte la persona cuando utilice nombre de pila distinto al documento. Cuando se solicite nombre de pila deberá respetarse el elegido.
Hasta ahora las personas transexuales que consiguieron un nuevo DNI debieron atravesar largos procesos judiciales hasta obtener un fallo que les permitiera el cambio de sus datos, lo que incluía exámenes médicos y psicológicos, sin garantías de conseguir el permiso requerido.
A partir de la sanción de esta norma la identidad de género no será tomada como una cuestión patológica sino como un derecho humano insoslayable.
“Soberanía con YPF”
Asimismo, este martes el Senado de la Nación analizó en un plenario de comisiones el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo por el cual se declara de interés público nacional y sujeto a la expropiación del 51% del patrimonio de YPF.
Al respecto, la senadora Ana Corradi destacó que el objetivo del mismo es recuperar la soberanía hidro carburífera del país, en búsqueda de un autoabastecimiento de hidrocarburos en el mercado interno.
De sancionarse la ley el Estado Nacional tomará el control de la empresa y garantizará que nada haga cambiar los objetivos del Estado.
La composición accionaria de la empresa YPF quedaría de la siguiente manera:
-26,03 en manos del Estado.
-24,99 en manos de las provincias petroleras.
-25,46 en manos del grupo Petersen.
-15,35 son acciones que cotizan en bolsa.
-7,23 en manos de Repsol
El precio máximo que se pagará por las acciones a expropiar será estipulado por el Tribunal de Tasaciones de la Nación.
El objetivo principal no es estatizar, sino mantener el control de la empresa.
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