El
Senado de la Nación comenzará esta semana a debatir un nuevo régimen de
excarcelaciones, cuando ponga a discusión una iniciativa ya sancionada en
Diputados por la cual se endurece el sistema, prohibiendo el régimen de
semi-detención o de salidas transitorias en imputados por delitos de homicidio,
de índole sexual y robo con armas, entre otros.
El
nuevo régimen que se pretende aplicar suplirá al que impera en la Justicia
desde 1996 que, entre otros aspectos, no considera vinculantes los informes de
conducta del reo para que el juez defina su excarcelación temprana.
El
proyecto que se pondrá a discusión prohíbe las salidas transitorias y los
regímenes de semi-libertad a imputados por homicidio simple, homicidio agravado
por el vínculo, por odio racial, por crear un peligro común, en concurso de dos
o más personas, a miembros de fuerzas de seguridad, por violencia de género o
para causar sufrimiento a un tercero.
También
están incluidos en la lista todos los delitos contra la integridad sexual,
tanto a mayores como a menores, y la violación seguida de muerte, además del
robo con armas cometido en poblado y en banda.
Tampoco
podrán gozar de un régimen de excarcelación anticipada quienes hayan sido
condenados por tortura seguida de muerte, secuestro extorsivo seguido de
muerte, homicidio en ocasión de robo, sometimiento a situación de esclavitud,
terrorismo, delitos contra el orden financiero, el narcotráfico y delitos
aduaneros.
Están
excluidos del régimen de salidas transitorias quienes posean una causa abierta
y los reincidentes.
El
proyecto indica que el desempeño del condenado en actividades que realice
mientras cumpla su pena debe ser registrado e informado para su evaluación, lo
que resultará relevante a la hora de recibir algún beneficio de libertad
anticipada.
Las
decisiones para la progresividad del régimen penitenciario serán tomadas por el
responsable técnico-criminológico del establecimiento, el director del lugar y
el director del régimen correccional.
El
juez de ejecución penal deberá tomar en cuenta cada uno de los informes, que
serán vinculantes con la decisión de iniciar al reo en el régimen de salidas
anticipadas.
Opinión de la víctima
La
víctima, además, debe ser informada y expresar su opinión cuando se decidan las
salidas transitorias del imputado, mientras que el juez que haga caso omiso de
ello incurrirá en "falta grave".
Los
delincuentes, al ingresar al establecimiento correccional, deberán ser
evaluados psicológicamente para individualizar el tratamiento que deben seguir
en la cárcel.
Además,
para poder ingresar en un régimen de "pre-socialización", el interno
deberán poseer buena conducta, no haber sido sancionado, trabajar con
regularidad y cursar estudios.
El
Servicio Penitenciario corroborará el domicilio del imputado en el caso de que
sea beneficiado con la posibilidad de dormir fuera del establecimiento.
Los
imputados por delitos vinculados con explotación sexual deberán llevar una
pulsera electrónica y en los casos en que sean beneficiados con visitas a
familiares fuera del establecimiento, deberán ser acompañados por agentes del
Servicio Penitenciario.
En
tanto, los condenados por delitos que ahora están excluidos del régimen de semi
libertad tendrán que ser ingresados a un Régimen Preparatorio de Liberación un
tiempo prudencial previo a cumplir su condena.
Finalmente,
el proyecto de ley prohíbe expresamente el uso de dispositivos móviles dentro
de los establecimientos carcelarios y se asegura de que no puedan ser
utilizados celulares que puedan ser ingresados de contrabando, ordenando el
bloqueo de las señales telefónicas.
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