jueves, 10 de mayo de 2012

Identidad de género: gran actividad de Ana Corradi

Ana María Corradi, en su despacho del Senado, junto a Luisa Paz y a Adrian Jiménez, de la  Asociación de  Travestis, Transexuales, Transgéneros Argentina.
Durante el tratamiento del proyecto de Identidad de género, la senadora nacional por Santiago del Estero, Ana Corradi, invitó a participar de la sesión en el recinto del Congreso a Luisa Paz y a Adrian Jiménez, miembros de la Asociación de Travestis, Transexuales, Transgéneros Argentina (ATTA).
“Estoy feliz porque hoy se va a concretar algo que venimos luchando hace mucho tiempo. Creemos que realmente esta va a ser la puerta principal para cambiar una realidad tan dura y difícil que sufren la compañeras trans a nivel nacional y, en particular, las de Santiago del Estero”.
Por su parte, la contadora Corradi manifestó: “Hoy es un día de conquista de derechos porque este proyecto ha surgido como una propuesta de distintas organizaciones que han hecho llegar a la Cámara de Diputados. Luego, los senadores nos hemos comprometido a tratar, a escuchar a quienes han sido marginados, discriminados y avasallados por tanto tiempo. Esto va a terminar con un acto de discriminación y el reconocimiento de un derecho a un sector de la sociedad muy importante”, amplió.

Detalles

Algunos de los puntos del presente proyecto es la modificación en el DNI del sexo y el nombre de pila de quien así lo solicite cuyo trámite debe realizarse en el Registro Nacional de las Personas.
Se cambia la partida de nacimiento, pero se mantiene el número de DNI De esta manera se reconocen los derechos legales de transexuales y se constituye el segundo logro importante de la comunidad de Lesbianas, gays, bisexuales y trans (LGBT) después de la sanción de la ley de Matrimonio Igualitario.
Dentro de los requisitos se debe ser mayor de 18 años y presentar solicitud en el Registro Nacional de las Personas. No se necesita informes médicos, psiquiátricos, ni cirugías.
Los menores de 18 podrán solicitarla a través de representante legal en conformidad con el solicitante. La rectificación de identidad no modifica derechos ni obligaciones jurídicas contraídas por las personas, ni las que provienen de relaciones familiares inmodificables, incluida la adopción. La iniciativa contempla la confidencialidad: no se dará publicidad al cambio de sexo o nombre de pila salvo autorización del titular. El derecho al libre desarrollo personal a fin de garantizar su salud integral le permitirá solicitar intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercivida.
Los efectos los sistemas públicos de salud, estatales, privados u obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce. Se incluyen en el Plan Médico Obligatorio (PMO) Las personas deben recibir un trato digno: se debe respetar la identidad de género que adopte la persona cuando utilice nombre de pila distinto al documento.
Cuando se solicite nombre de pila deberá respetarse el elegido. Hasta ahora las personas transexuales que consiguieron un nuevo DNI debieron atravesar largos procesos judiciales hasta obtener un fallo que les permitiera el cambio de sus datos, lo que incluía exámenes médicos y psicológicos, sin garantías de conseguir el permiso requerido.
A partir de la sanción de esta norma la identidad de género no será tomada como una cuestión patológica sino como un derecho humano insoslayable.

1 comentario:

Anónimo dijo...

averiguen ,porque ayer fallecio uno los heridos